El Consejo Pastoral Parroquial, es un órgano colegiado, de carácter consultivo, que, representando a toda la Comunidad Parroquial, promueve, potencia y dinamiza las tareas pastorales de la misma-
Sus funciones principales son: conocer la realidad a evangelizar en orden a la programación, animación y evaluación de la acción pastoral, la creación y el fomento de aquellas actividades pastorales que estime convenientes y el estudio de los asuntos que, referidos a la pastoral, pueda encomendarle el Obispo, el Vicario o el Párroco.
Los miembros elegidos son el enlace entre el CPP y su grupo… Deberán mantener, por tanto…, un contacto fluido con sus componentes informándoles de los acuerdos, así como sentirse portavoz ante el CPP de las sugerencias y propuestas de sus representados.
Quiero agradecer, en nombre de la Comunidad Parroquial, vuestra colaboración activa y desinteresada, testimonial y responsable…, hasta el día de hoy, al tiempo que os animo a poner al servicio del Evangelio, durante los próximos años, lo mejor de vosotros mismos…